Respuesta rápida: ¿cómo se crea una empresa en Colombia?
Para crear una empresa legal en Colombia debes: 1) elegir el tipo de empresa (la más usada es la SAS), 2) verificar que el nombre esté disponible en el RUES, 3) redactar los estatutos, 4) inscribirla en la Cámara de Comercio del domicilio y pagar el impuesto de registro y la matrícula mercantil, 5) obtener el RUT y el NIT ante la DIAN, 6) abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa y 7) habilitarte en facturación electrónica. Si vas a contratar personas, también debes inscribirte como empleador en el sistema de seguridad social.
Una SAS se puede constituir por documento privado, con una sola persona y sin capital mínimo (Ley 1258 de 2008), por eso es la opción preferida por la mayoría de emprendedores. Si los documentos están bien, la inscripción en la Cámara de Comercio suele resolverse en pocos días hábiles.

¿Por qué crear una empresa legalmente constituida?
Crear una empresa legalmente constituida es más que una formalidad: es el primer paso para construir una base sólida para tu negocio y un paso fundamental hacia el éxito y la sostenibilidad en el mundo empresarial.:
- Credibilidad: clientes, proveedores y bancos confían más en una empresa registrada, con NIT y factura electrónica.
- Protección de tu patrimonio personal: en sociedades como la SAS, la LTDA o la S.A., en general respondes solo hasta el monto de tus aportes, no con tus bienes personales.
- Acceso a crédito y a grandes clientes: las empresas formales pueden pedir financiación, participar en licitaciones y venderles a compañías que exigen factura electrónica.
- Crecimiento y expansión: puedes recibir socios o inversionistas, abrir sucursales y vender en otras ciudades o países.
- Beneficios tributarios: solo una empresa formal puede aprovechar regímenes como el Régimen Simple de Tributación y hacer una planeación tributaria legal.
## Tipos de empresa que puedes crear en ColombiaConstituir tu empresa no solo te brinda credibilidad y protección personal: te pone en una posición más ventajosa para crecer. No dejes de lado este paso en tu camino emprendedor.
Antes de iniciar el trámite debes decidir si vas a operar como persona natural comerciante (respondes con todo tu patrimonio) o como persona jurídica: SAS, SAS unipersonal, sociedad limitada (LTDA), sociedad anónima (S.A.) o entidad sin ánimo de lucro (ESAL), como fundaciones, asociaciones y corporaciones. La antigua empresa unipersonal de la Ley 222 de 1995 todavía existe, pero en la práctica la reemplazó la SAS unipersonal.
Tabla comparativa de tipos de sociedad
| Tipo | Socios | Capital mínimo | Cómo se constituye | Responsabilidad | Ideal para |
|---|---|---|---|---|---|
| Persona natural comerciante | 1 (tú) | No aplica | Matrícula en Cámara de Comercio | Ilimitada, con tus bienes | Negocios pequeños que empiezan |
| SAS | 1 o más | No exige | Documento privado | Limitada a los aportes | La mayoría de emprendimientos y pymes |
| SAS unipersonal | 1 | No exige | Documento privado | Limitada a los aportes | Emprendedores que quieren proteger su patrimonio |
| LTDA | 2 a 25 | No fija monto, pero se paga todo al constituir | Por regla general, escritura pública | Limitada a los aportes (con excepciones fiscales y laborales) | Negocios familiares o de pocos socios estables |
| S.A. | Mínimo 5 | No fija monto; al constituir se suscribe al menos el 50 % del capital autorizado y se paga al menos un tercio del suscrito | Escritura pública | Limitada a los aportes | Empresas grandes o con muchos inversionistas |
| ESAL | 1 o más (según la figura) | No exige, salvo algunas fundaciones | Acta o escritura, según el caso | Limitada al patrimonio de la entidad | Fines sociales, gremiales o culturales |
Para la gran mayoría de emprendedores, la SAS es la mejor opción: combina la sencillez de la persona natural con la protección de una sociedad, y te permite sumar socios más adelante sin cambiar de figura.

Paso a paso para constituir una SAS en Colombia
Este es el proceso completo para crear una SAS, que es la figura más común. En Bogotá y otras ciudades puedes hacer buena parte del trámite en línea a través de la Ventanilla Única Empresarial (VUE) y la sede virtual de la Cámara de Comercio.
- Consulta la homonimia del nombre. Busca en el RUES (Registro Único Empresarial y Social) que no exista otra empresa con un nombre igual. La razón social debe terminar en "Sociedad por Acciones Simplificada" o "S.A.S.". Revisa también que la marca no esté registrada por otra persona ante la Superintendencia de Industria y Comercio; el registro del nombre en la Cámara no te da derechos sobre la marca.
- Define la actividad económica (código CIIU). Elige los códigos que describen lo que hará tu empresa. De ellos dependen tus responsabilidades ante la DIAN, el ICA municipal y algunos permisos.
- Redacta los estatutos. Es el documento de constitución. Debe incluir: nombre, documento y domicilio de los accionistas; razón social; domicilio de la empresa; término de duración (puede ser indefinido); objeto social (puede ser "cualquier actividad comercial o civil lícita"); capital autorizado, suscrito y pagado; forma de administración, y nombre y facultades del representante legal. Todos los accionistas deben firmarlo.
- Diligencia los formularios y el PRE-RUT. En la Cámara de Comercio diligencias el Formulario Registro Único Empresarial y Social (RUES) y el PRE-RUT, que es el borrador del RUT con la información tributaria de la empresa.
- Radica en la Cámara de Comercio y paga. Presenta los estatutos y formularios (de forma presencial o virtual) y paga el impuesto de registro, la inscripción del documento de constitución y los derechos de matrícula mercantil. Si la Cámara encuentra errores, te devuelve el trámite para corregirlo.
- Obtén el certificado de existencia y representación legal. Con la inscripción la empresa nace como persona jurídica y queda matriculada en el registro mercantil y en el RUES.
- Formaliza el RUT y recibe el NIT. La Cámara envía el PRE-RUT a la DIAN, que asigna el NIT. Luego el representante legal debe formalizar el RUT (normalmente con un certificado de cuenta bancaria) y tramitar su firma electrónica en el portal de la DIAN.
- Abre la cuenta bancaria de la empresa. Necesitarás el certificado de existencia, el RUT, la cédula del representante legal y los estatutos. Esta cuenta sirve para recibir el pago del capital y separar las finanzas de la empresa de las tuyas.
- Habilítate en facturación electrónica ante la DIAN. Elige un proveedor tecnológico o la solución gratuita de la DIAN, haz el proceso de habilitación y solicita la resolución de numeración. Sin esto no puedes facturar legalmente.
- Registra los libros obligatorios. En la SAS debes inscribir en la Cámara de Comercio el libro de actas y el libro de registro de accionistas. Los libros de contabilidad no se registran, pero sí debes llevarlos conforme a las NIIF que te apliquen.
- Inscríbete como empleador y en seguridad social. Si vas a contratar trabajadores, afilia la empresa a una ARL, a una caja de compensación familiar y a las EPS y fondos de pensiones de tus empleados, y paga los aportes mediante la planilla PILA.
- Tramita los permisos del establecimiento, si aplica. Si tendrás local abierto al público, revisa el uso de suelo permitido para esa dirección en la secretaría de planeación de tu municipio, cumple las condiciones sanitarias y de seguridad (bomberos), inscríbete en el ICA del municipio y, si usas música en el local, paga los derechos de autor (Sayco-Acinpro u otras entidades de gestión colectiva).
Quiero que me ayuden a crear mi SAS
## Documentos necesarios para crear una empresaPara constituir una SAS normalmente necesitas:
- Copia de la cédula de ciudadanía (o cédula de extranjería o pasaporte) de cada accionista y del representante legal.
- Documento de constitución o estatutos firmados por todos los accionistas.
- Formulario RUES diligenciado.
- Formulario PRE-RUT.
- Cartas de aceptación de los cargos del representante legal, la junta directiva y el revisor fiscal, si los hay.
- Si un accionista es otra empresa: su certificado de existencia y representación legal.
- Si hay accionistas en el exterior: poder especial para su apoderado y documentos apostillados o legalizados, con traducción oficial si no están en español.
¿Cuánto cuesta crear una empresa en Colombia?
El costo depende sobre todo del capital de la sociedad y de los activos que reportes. Estos son los conceptos que pagas en la Cámara de Comercio:
| Concepto | Cómo se calcula | Referencia a la fecha de esta guía (2026) |
|---|---|---|
| Impuesto de registro | Porcentaje del capital suscrito en sociedades por acciones; lo fija cada departamento | En Bogotá (Cundinamarca) es el 0,7 % del capital suscrito |
| Inscripción del documento de constitución | Tarifa fija en UVB | 6 UVB, unos $73.000 |
| Matrícula mercantil | Fórmula según el valor de los activos | Para activos de hasta $78.715.000: $24.220 + $8.477 por cada millón de activos |
| Inscripción de libros | Tarifa fija por libro | 2 UVB, unos $24.200 por libro |
| Certificados | Tarifa fija | Desde 0,5 UVB por certificado |
Para 2026, las tarifas de los registros públicos se liquidan con una Unidad de Valor Básico (UVB) de $12.110. Como referencia, una SAS pequeña, con un capital de pocos millones de pesos, puede quedar registrada con una inversión total de unos pocos cientos de miles de pesos en derechos e impuestos. Las tarifas cambian cada año y el impuesto de registro varía por departamento, así que confirma el valor exacto con la liquidación de tu Cámara de Comercio antes de pagar.
A eso debes sumarle, si aplica: escritura pública en notaría (en LTDA y S.A.), proveedor de facturación electrónica, firma digital y honorarios de asesoría.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso?
- Inscripción en la Cámara de Comercio: si los documentos están completos y sin errores, suele salir en pocos días hábiles. Cada devolución por errores alarga el trámite.
- NIT y RUT: el NIT se asigna con la inscripción; formalizar el RUT depende de que abras la cuenta bancaria.
- Proceso completo (cuenta bancaria y facturación electrónica incluidas): en la práctica, entre 1 y 3 semanas, según la Cámara de Comercio, el banco y qué tan rápido tengas la documentación.
Obligaciones tributarias después de crear tu empresa
Crear la empresa es el comienzo. Desde que tienes NIT asumes obligaciones con la DIAN y con tu municipio:
- Llevar contabilidad y emitir factura electrónica por todas tus ventas.
- Declarar renta cada año (las sociedades del régimen ordinario declaran aunque no tengan ganancias). Te contamos más en declaración de renta para empresas.
- IVA, si vendes bienes o servicios gravados, de forma bimestral o cuatrimestral según tus ingresos.
- Retención en la fuente, si actúas como agente retenedor.
- ICA (Industria y Comercio) ante el municipio donde operas.
- Información exógena, cuando superas los topes que fija la DIAN.
- Renovar la matrícula mercantil cada año, a más tardar el 31 de marzo.
Régimen ordinario vs. Régimen Simple de Tributación
Al inscribir el RUT debes escoger tu régimen. Esta decisión impacta directamente cuánto pagas de impuestos:
| Aspecto | Régimen ordinario | Régimen Simple de Tributación (RST) |
|---|---|---|
| Quién puede estar | Cualquier empresa | Personas naturales y SAS con ingresos brutos menores a 100.000 UVT del año anterior y que cumplan los demás requisitos |
| Impuesto principal | Renta sobre la utilidad (tarifa general de 35 % para sociedades) | Tarifa consolidada sobre los ingresos brutos, según la actividad |
| Anticipos | Anticipo de renta en la declaración anual | Anticipos bimestrales |
| ICA | Se declara aparte | Se integra al impuesto unificado |
| Ideal para | Empresas con márgenes bajos o costos altos | Negocios con márgenes altos y pocos costos deducibles |
A la fecha de esta guía, la UVT de 2026 es de $52.374, así que el tope del RST equivale a unos $5.237 millones. Las empresas nuevas pueden escoger el Régimen Simple al inscribir el RUT; las que ya existen deben solicitarlo dentro del plazo que fija la DIAN cada año (normalmente hasta el último día hábil de febrero). Elegir mal puede costarte mucho dinero, por eso vale la pena revisarlo con un experto en asesoría contable y tributaria.

Errores comunes al crear una empresa
- Elegir el tipo de sociedad sin analizarlo: por ejemplo, constituir una LTDA cuando una SAS sería más flexible, o quedarte como persona natural y arriesgar tu patrimonio.
- Copiar estatutos de internet: los estatutos genéricos suelen traer reglas que no se ajustan a tu negocio y generan conflictos entre socios.
- Poner un capital irreal: un capital muy alto aumenta el impuesto de registro y te obliga a pagarlo; uno demasiado bajo puede restarte credibilidad ante bancos y clientes.
- No revisar la marca: registrar el nombre en la Cámara de Comercio no te protege si otra persona tiene la marca registrada.
- Escoger mal los códigos CIIU o el régimen tributario: te puede llevar a pagar más impuestos de los necesarios o a responsabilidades que no te corresponden.
- Olvidar las obligaciones posteriores: no habilitarte en facturación electrónica, no renovar la matrícula o no declarar a tiempo genera sanciones.
- Abrir el local sin revisar el uso de suelo: puede terminar en multas o en el cierre del establecimiento.
Y si algún día decides dejar de operar, recuerda que la empresa no se cierra sola: debes cerrar y liquidar la empresa formalmente para no seguir acumulando obligaciones.
Presentación y video: crear una empresa en Colombia
Revisa esta presentación con el resumen del proceso:
Y mira el video donde te lo explicamos: ## Cómo te ayuda Soy Empresa a crear tu empresaEn Soy Empresa te ofrecemos asesoría completa para la creación de tu empresa legal, para que no pierdas tiempo ni dinero en devoluciones o errores:
- Te ayudamos a escoger el tipo de sociedad y el régimen tributario más convenientes.
- Verificamos el nombre y redactamos estatutos a la medida de tu negocio.
- Gestionamos el registro en la Cámara de Comercio, el RUT, el NIT y la firma electrónica.
- Te orientamos con la cuenta bancaria, la facturación electrónica y la inscripción como empleador.
- Te acompañamos después con la contabilidad, los impuestos y la planeación tributaria.
Escríbenos por WhatsApp al (+57) 300 429 3840 y empieza hoy. ¡Estamos aquí para ayudarte!

Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de empresa puedo crear en Colombia?
Puedes registrarte como persona natural comerciante o crear una sociedad: SAS (también unipersonal), sociedad limitada (LTDA), sociedad anónima (S.A.), sociedades colectivas o en comandita, o una entidad sin ánimo de lucro (ESAL). La SAS es la más utilizada porque se crea con una sola persona, por documento privado, sin capital mínimo y con responsabilidad limitada a los aportes.
¿Cuáles son los requisitos básicos para registrar una empresa?
Necesitas un nombre disponible, la identificación de los socios y del representante legal, los estatutos o documento de constitución, los formularios RUES y PRE-RUT, y el pago del impuesto de registro y la matrícula mercantil. Un plan de negocio básico no es obligatorio para el registro, pero te ayuda a definir el objeto social, el capital y el régimen tributario.
¿Dónde debo registrar mi empresa?
En la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio principal de la empresa. Muchas cámaras, como la de Bogotá, permiten hacer el trámite en línea. Después, la empresa queda en el RUES y la DIAN le asigna el NIT.
¿Qué documentos son necesarios para el registro?
Generalmente se requieren los documentos de identidad de los socios, el documento de constitución o estatutos (acta de constitución), los formularios RUES y PRE-RUT, las cartas de aceptación de cargos y el pago de los derechos de matrícula y del impuesto de registro. En una LTDA o S.A., por regla general, la constitución se hace por escritura pública en notaría.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de registro?
La inscripción en la Cámara de Comercio suele tardar pocos días hábiles si no hay errores. El proceso completo, incluyendo RUT, cuenta bancaria y facturación electrónica, puede tardar entre 1 y 3 semanas, dependiendo de la Cámara de Comercio y del banco.
¿Hay costos asociados al registro?
Sí. Pagas el impuesto de registro (en Bogotá, el 0,7 % del capital suscrito a la fecha de esta guía), la inscripción del documento de constitución, la matrícula mercantil según tus activos y la inscripción de libros. En una LTDA o S.A. también hay costos notariales. Las tarifas se actualizan cada año, así que confírmalas con la liquidación de tu Cámara de Comercio.
¿Es necesario un capital mínimo para iniciar?
Depende del tipo de empresa. La SAS no exige capital mínimo y te da hasta dos años para pagar el capital suscrito. En la LTDA el capital debe pagarse completo al constituirla, y en la S.A. debes suscribir al menos el 50 % del capital autorizado y pagar al menos un tercio del suscrito. Algunas actividades vigiladas (como las financieras) sí tienen capitales mínimos especiales.
¿Qué obligaciones fiscales tendré?
Estarás obligado a inscribirte en el RUT, llevar contabilidad, emitir factura electrónica, declarar renta, y según tu actividad e ingresos, declarar IVA, retención en la fuente, ICA e información exógena. También debes renovar la matrícula mercantil cada año antes del 31 de marzo. Puedes elegir entre el régimen ordinario y el Régimen Simple de Tributación si cumples los requisitos.
¿Puedo crear una empresa desde el extranjero?
Sí. Un extranjero o un colombiano en el exterior puede crear una SAS en Colombia, pero es recomendable contar con un apoderado legal en el país. Los documentos expedidos afuera deben estar apostillados o legalizados (y traducidos si no están en español), y la inversión extranjera debe canalizarse por el mercado cambiario y registrarse ante el Banco de la República. Además, la empresa necesita un representante legal que pueda actuar en Colombia.
¿Me conviene más ser persona natural o crear una SAS?
Si estás empezando con un negocio pequeño y de bajo riesgo, registrarte como persona natural es más sencillo. Pero si vas a tener socios, contratar personal, firmar contratos grandes o quieres proteger tu patrimonio personal, la SAS es mejor opción. La decisión también depende de cuánto pagarías de impuestos en cada caso, algo que vale la pena simular con un asesor antes de decidir.